Por qué argumentamos por callar a los fascistas como Ann Coulter, y por qué protegeremos la libertad de expresión en una sociedad socialista

14 de junio de 2017 | Periódico Revolución | revcom.us

 

En los últimos meses, y con una creciente intensidad, unos fascistas abiertos han intentado apoderarse de la plataforma pública, y cuando se encuentran con oposición, han chillado: “libertad de expresión”. En otros lugares, desenmascaramos la vil hipocresía de esto de parte de los fascistas, y además el gran peligro en la manera en que tantos liberales no sólo han cedido ante este argumento sino lo han hecho suyo a viva voz. (Ver el vídeo en inglés de la presentación del 4 de mayo de Sunsara Taylor en la Universidad de California-Berkeley: “Una agitada velada en la Universidad de California en Berkeley: Sunsara Taylor habla sobre la ‘Batalla por Berkeley’”). Y hemos hablado de la necesidad de movilizar gente para plantarse estos fascistas, callarlos sin pedir disculpas y sacarlos del poder en su conjunto, y hemos estado en medio de esa movilización.

Al mismo tiempo, unos preguntan: en la CONSTITUCIÓN para la Nueva República Socialista en América del Norte, y muchos otros escritos de Bob Avakian, así como en otras publicaciones del Partido, se resalta la importancia del disentimiento y de la contienda entre ideas contrarias; pero en la reciente (y continua) “Batalla por Berkeley”, ustedes argumentan a favor de no dejar que hable gente como Ann Coulter pero al contrario moviliza una oposición para sacar a gente así de la universidad, de Berkeley… y del poder. ¿Cómo explican esta contradicción?

Como principio fundamental, son las ideas las que se oponen a los de arriba, y las normas imperantes, y a las que por eso les cuesta trabajo encontrar los medios y canales para expresarse, y con frecuencia son objeto de la supresión directa — es precisamente esas ideas cuya expresión hay que proteger, y no las ideas que cuentan con el peso de los poderes gobernantes y las instituciones que los defienden.

Cabe aplicar este principio general de forma diferente en situaciones concretas distintas. En las circunstancias de hoy, los defensores del fascismo y los promotores de puntos de vista y programas reaccionarios (Ann Coulter, por ejemplo) cuentan con medios desproporcionados para difundir sus ideas. Reciben todo tipo de apoyo oficial, plataformas mediáticas y fondos, especialmente ahora que este régimen fascista está en el poder. Sin embargo, y con frecuencia, a los defensores de las ideas opuestas, contrarias —entre ellas los puntos de vista “fuera de la opinión común” que van contra la gente que está en el poder, y especialmente las ideas de quienes piden un cambio fundamental de la sociedad— los suprimen, y en todo caso tienen que luchar cuesta arriba para hacerse oír y encontrar los lugares y medios para difundir su mensaje. ¡¡No es una cancha equilibrada!! — y no hay razón alguna para darles a los reaccionarios, y especialmente a los fascistas abiertos, con plataformas adicionales para que rieguen su veneno. De hecho, darles esas plataformas causa muchísimo daño — legitima y normaliza estos puntos de vista.

Así que, de nuevo, la pregunta es: cómo manejaríamos NOSOTROS la contienda de ideas y el disentimiento y de ideas no populares en una sociedad socialista, tal como lo encarna la CONSTITUCIÓN Para La Nueva República Socialista En América Del Norte. Primero, esta situación es completamente diferente. ¿Por qué? ¡¡Porque en esa situación nosotros estaríamos en el poder!! En esas circunstancias, sería una parte integral de nuestra responsabilidad no solo tolerar sino alentar el disentimiento, y la amplia contienda, incluso de ideas no populares, conforme a nuestros objetivos estratégicos y el rumbo necesario de la sociedad hacia la plena emancipación de toda la humanidad. Y esa NO es la situación hoy, cuando todos estamos viviendo en una sociedad caracterizada por relaciones opresivas de clase y sociales que a diario se consagran y refuerzan por las relaciones de poder opresivas (una realidad que los liberales como Frank Bruni y Van Jones aparentemente siempre olvidan y omiten a su agosto cuando defienden el “derecho” de los fascistas de regar su veneno).

Así que veamos lo que dice la CONSTITUCIÓN para la Nueva República Socialista en América del Norte sobre la manera de aplicar este principio en una sociedad socialista.

 

Artículo III. Los derechos del pueblo y la lucha para arrancar de raíz toda explotación y opresión.

Sección 2. Los derechos y libertades legales y civiles.

1. En virtud de lo establecido en la presente Constitución en general y específicamente en la Sección anterior de este Artículo, el gobierno debe tener la orientación, la que se promoverá en la sociedad en general, de permitir y además valorar el disentimiento así como la efervescencia y diversidad política, filosófica y en general intelectual y cultural y promover y alentar un ambiente en que todo esto podrá florecer. Ésta se expresará y se encarnará en la política y acciones del gobierno así como en las leyes, inclusive esa parte de las leyes y política que tiene el objetivo específico de proteger los derechos y libertades legales y civiles del pueblo en esta República….

2. A ninguna persona en la Nueva República Socialista en América del Norte se le privará de los derechos establecidos en la presente Constitución, salvo mediante el debido proceso legal….

3. Lo siguiente se aplicará respecto a la Nueva República Socialista en América del Norte y a aquellos que viven en su territorio:

A. No se restringirá la libertad de palabra, de reunión y asociación, ni de disentimiento y protesta, a excepción de los casos de la violación de la ley y mediante el debido proceso legal.

No se prohibirán las expresiones de oposición a esta República y su Constitución y gobierno, incluyendo lo de abogar por la abolición de esta República y por reemplazarla con otro tipo de sociedad y forma de gobierno, y al contrario se permitirán y se protegerán esas expresiones, a excepción de aquellos casos que supongan cometer, o conspirar activamente para cometer, o abogar de manera inmediata y directa por actos violentos, los que no sean de defensa propia, en contra del gobierno o integrantes del gobierno, u otros que viven en esta República, u otras acciones que violen la ley (pero, para repetir, no se podrá declarar ni tratar como una violación de la ley ninguna expresión de oposición a esta República y su gobierno, ni el mero acto de abogar por reemplazarla con otra forma de sociedad y gobierno).

 

Esta Constitución es un “plano” concreto y visionario, así como una perspectiva para una sociedad verdaderamente liberadora, y es algo a lo que la gente debe adentrarse.

En resumen, lo que recorre de manera coherente todo esto es el principio de que en el caso de los defensores de las ideas no populares, hay que proteger el derecho a la expresión de esas ideas. La diferencia está entre su aplicación en una sociedad en la que la clase dominante ejerce el dominio del capitalismo y domina los medios de comunicación, el sistema educativo, etc., de tal manera que asegura el dominio de las ideas que reflejen y refuercen sus relaciones y valores, especialmente hoy mismo cuando la forma fascista abierta de gobernar está maniobrando para consolidar su dominio (lo que incluye en la esfera de las ideas); y en un estado socialista revolucionario en que la sociedad se orienta hacia la emancipación de la humanidad.

 

       

 

 

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